Foros Vecinales de Seguridad del Partido de Tigre, Pcia. de Buenos Aires
(Según Ley 12.154 del Sistema de Seguridad Pública de la Provincia de Buenos Aires)
El Talar | Ciudad de Tigre | Gral Pacheco | Don Torcuato | Benavidez | Alte. Brown | Ricardo Rojas


jueves, 20 de diciembre de 2007

Sexta reunión extraordinaria: Presentación de la Secretaria de Protección Ciudadana de la Municipalidad de Tigre

El Jueves 20 de Diciembre tuvimos el agrado de asistir al Salón de Usos Múltiples de la Delegación Municipal de la Ciudad de Don Torcuato, donde se hizo el anuncio formal de los lineamientos generales del Plan de Seguridad implementado por la Secretaria de Protección Ciudadana de la Municipalidad de Tigre; entre los presentes se encontraban el Sr. Ministro de Seguridad Dr. Carlos Stornelli y el Sr. Intendente de Tigre Dr. Sergio Massa. Nuestro principal objetivo fue lograr un primer acercamiento al Dr. Carlos Stornelli y hacerle llegar la carta con el pedido de los vecinos de R. Rojas en mano; lo cual fue todo un éxito. Además de la carta logramos el compromiso del Sr. Ministro de Participar en una reunión en su despacho para recibir el Petitorio del pedido de expansión junto con la firma de los vecinos, en el transcurso del mes de marzo. De aquí en adelante trataremos de lograr una mayor atención de las autoridades pertinentes a la problemática desbordante que sufren día a día los vecinos de R. Rojas.

miércoles, 19 de diciembre de 2007

Novena Reunión Ordinaria: Ricardo Rojas

El 19 de diciembre, otra vez en el Centro de Jubilados Los Luchadores de Ricardo Rojas, con motivo de dar más detalles técnicos de la labor policial fueron invitados el Sgto. Saravía, capitán del Destacamento de R. Rojas., el Cáp. Bocco y el Scáp. Del Puerto de la Comisaría Tigre 6ta., y la Insp. Castro de la Jefatura Distrital. Se abordaron diversos temas puntuales a los cuales las autoridades presentes hicieran oídos y propuesto soluciones. El tema central de la reunión, surgido el viernes 14, fue ejercer un puntal ciudadano al expediente del pedido de expansión del Destacamento a Sub-comisaría impulsado por el anterior jefe del Destacamento, Scáp. Del Puerto. Como parte de dicha estrategia se realizo lectura de la carta dirigida al Dr. Carlos Stornelli con el pedido. Luego se propuso la redacción de un petitorio al cual se le añadirán las planillas con firmas de los vecinos que deseen participar, en el transcurso de los próximos meses. El mismo será entregado en persona en el despacho del Dr. Stornelli.

martes, 18 de diciembre de 2007

Quinta reunión extraordinaria: Mesa chica y Observación del plan rector de la nueva Secretaria de Protección Ciudadana Municipal

El martes 18 de diciembre en una reunión informal, convocados por el Secretario de Protección Ciudadana de la municipalidad de Tigre, Lic. Diego Santillán, tuvimos la oportunidad de escuchar generalidades del nuevo plan de seguridad que sería presentado días más tarde. Entre los presentes en dicho encuentro, fueron presentados además del plan, el Dr. José Vera, El Dr. Jorge Cuadro y el Dr. Federico Carrillo, integrantes de la secretaría y sus respectivos cargos; también estaban representantes de los Foros de Benavidez, Tigre centro, Pacheco y Don Torcuato. Como objetivo central de la charla estuvo la búsqueda de una mayor integración y articulación de cada una de las partes del sistema de seguridad de la provincia de Buenos Aires, Fuerza policial, Instancias Judiciales y esfera civil a través de los Foros.

lunes, 17 de diciembre de 2007

Cuarta Reunión Extraordinaria: Día del Policía

El lunes 17 de diciembre en la localidad de San Fernando se celebro el día del policía para la región metropolitana norte. En la cual el Foro hizo su debido reconocimiento a la labor desempeñada de 4 oficiales pertenecientes a las dependencias Tigre 5ta y 6ta. El reconociendo fue realizado a partir de notas y menciones que nos hicieran llegar distintos vecinos a lo largo del año. Los oficiales fueron los siguientes: Of. Víctor Moro, Sgto. Flores, Sgto. Chávez, Stte. Gómez.

viernes, 14 de diciembre de 2007

Octava Reunión Ordinaria: Ricardo Rojas

El viernes 14 de diciembre el lugar determinado para la realización de la segunda reunión ordinaria del mes fue el Centro de Jubilados y Pensionados Los Luchadores de Ricardo Rojas. Por primera vez tuvimos la oportunidad de acercarnos directamente al vecino del mencionado barrio. Esto abrió un nuevo espacio de dialogo para los vecinos, los cuales entre sus inquietudes mas destacadas mencionaron la falta de operatividad y recursos del destacamento de aquella jurisdicción. Por tal motivo fue invitado quien estuviera a cargo de dicho destacamento, el Sgto. Saravía, para hacer oídos y dar respuesta a las críticas y exigencias de más de medio centenar de ciudadanos presentes; entre los que se encontraban destacados comerciantes de la zona. Del pedido de mayor personal y recursos surgió la necesidad de fortalecer el pedido de expansión del destacamento a sub-comisaría; motivo de la posterior reunión con fecha para el miércoles 19. De aquí en mas, como lineamiento general, buscaremos tener un contacto mas directo con la problemática del barrio, de la cual teníamos conocimiento pero a partir de sentar bases de trabajo con la participación directa de un mayor numero de vecinos, las soluciones serán mas efectivas y llegaran a mas gente.

viernes, 7 de diciembre de 2007

Tercera Reunión Extraordinaria: Prof. Mónica Ghirelli y Dra. Susana Cisneros

El 6 de diciembre en la Biblioteca Popular El Talar, con motivo de seguir debatiendo temas concernientes a las nuevas Leyes de Menores y la reforma a la Ley 12.154 del Sistema de seguridad Provincial, particularmente a lo concerniente a la participación ciudadana, a través de los Foros; tuvimos en esta oportunidad la visita de la Directora de Participación Comunitaria de la Subsecretaria de Participación Comunal del Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires y La Profesora de la Facultad de Ciencias Jurídica y Sociales de la Universidad de La Plata, la Prof. Mónica Ghirelli y la Dra. Susana Cisneros, respectivamente. En esta oportunidad hicimos llegar la invitación particularmente a miembros de los distintos foros vecinales del distrito para compartir con ellos la riqueza de otra charla de un tema tan en boga como la participación comunitaria y los menores en conflicto.

martes, 13 de noviembre de 2007

Segunda Reunión Extraordinaria: Dr. Juan Carlos Fugaretta

El 13 de Noviembre se llevo a cabo en la sede del Club de Leones de El Talar, una Jornada sobre familia, niñez y las nuevas leyes de minoridad en conflicto. Para disertar acerca de este tema tuvimos el agrado de contar con la presencia del excelentísimo ex Juez de Garantías y Menores, Abogado y Licenciado en Criminología, el Dr. Juan Carlos Fugaretta; quien formara parte en la creación de la reforma a las Leyes de Minoridad en conflicto que regirían a partir del segundo semestre del 2008 según el mismo nos informara en aquella oportunidad. A la misma asistieron cerca de un centenar de vecinos entre los que se encontraban miembros de distintas entidades del distrito, autoridades municipales y policiales; tambien fueron invitados miembros de las comisiones de los Foros de Don Torcuato, Pacheco y Tigre Centro.
Entre los puntos más saliente de la nueva Ley, se destacan el cambio de visión al pasar de una “cosificación” del menor al trato del mismo como “sujeto de derecho”; la edad de imputabilidad bajaría a los 14 años y en caso de penas graves y/o gravísimas podría ser juzgado antes de cumplir dicha edad. Además dicha Ley, sumaría una serie de reformas en materia de contención y desarrollo humano, con modificaciones en los correccionales de menores, entre otras medidas.

jueves, 30 de agosto de 2007

Séptima reunión: Extraordinaria, Foro de doble Jurisdicción

El 30 de Agosto el motivo de la reunión fue confeccionar una estrategia de acción ante la inauguración de la nueva Comisaría Tigre 6ta. dentro de la jurisdicción hasta ese entonces de la Dependencia Tigre 5ta. A tales efectos nos acompaño los Sres. Rodolfo Biñolo y Juan José Garabelo, coordinadores territoriales del Equipo de Prevención Ciudadana de la Pastoral Social del Obispado de San Isidro, como representante del Ministerio de Seguridad Provincial. Con este plan se resolvió mantener el Foro hasta su renovación con potestad sobre las dos jurisdicciones hasta su futura renovación el próximo año. Entre las razones mencionadas por el Sr. Biñolo como disparador de dicha conclusión, se destaca la energía y ganas de ganar experiencia y algunos resultados sobresalientes obtenidos en este corto tiempo.

jueves, 23 de agosto de 2007

Sexta Reunión Ordinaria: Inauguración de la Comisaría Tigre 6ta

El 23 de Agosto el motivo de la reunión fue realizar una invitación a todos los vecinos que nos acompañaron desde el comienzo de la nueva mesa directiva a la inauguración de la nueva Comisaría Tigre 6ta. cito en la intersección de H. Yrigoyen y Suiza, de la Ciudad de El Talar. También se hizo saber a los presentes detalles acerca de los recursos con los que contará tanto en infraestructura, móviles y personal. También quienes serán el Capitán y Sub-capitán de la misma, Cap. Edgardo Bocco y Cap. Ezequiel Del Puerto respectivamente. Entre otras cosas fueron delineadas entre todos las nuevas estrategias a partir de todo lo discernido en estos meses y del relevamiento de datos de las urnas de denuncias anónimas para la reestructuración del mapa del delito. Entre los presentes se encontraban representantes del barrio afectado por la denominada “turba de Tropitango” a los que además de solicitar su opinión de los temas descritos anteriormente, se les consulto acerca de la mayor presencia policial que el comisario Ricardo Jurado diera compromiso de efectuar en la reunión del 11 de Julio. A lo que los vecinos dieron su total conformidad con la mayor frecuencia del móvil por la zona. No obstante manifestaron seguir en descontento con la permanencia del boliche Tropitango y que, a pesar del esfuerzo policial con la consecuente disminución de los hechos delictivos y de la municipalidad acerca del tema de la casa desocupada, la sensación de inseguridad permanecía entre los vecinos.

miércoles, 11 de julio de 2007

Quinta Reunión Ordinaria

El 11 de Julio siguiente se llevo a cabo la quinta reunión. Se hizo un análisis de las soluciones presentadas para el tema de la Escuela Técnica Nro. 1 El Talar, con cierto ánimo de satisfacción ya que no se registraron nuevas denuncias según el director de la Escuela, el Sr. Luís Amores. También se da una breve charla descriptiva sobre el modo de trabajo, urnas de denuncias anónimas y canales de comunicación con el Foro Vecinal de Seguridad a los vecinos presentes. Otro de los temas tratados fue la preocupación de los vecinos residentes en el conglomerado de manzanas comprendidas entre las calles Francia hasta Suiza e H. Irigoyen hasta Rodríguez Peña. Nos hacen llegar una serie de denuncias acerca de los disturbios, hurtos, daños y malestar provocados por una suerte de “turba”, así denominada por los vecinos, proveniente del boliche bailable Tropitango cada madrugada que abre sus puertas. Estos ilícitos en general se comenten entre la 1 y 6 a.m. de cada fin de semana que van desde rotura de vidrios en automóviles y casas, hasta entrar a los domicilios, maniatar a las personas y llevarse dineros, artefactos domésticos y otros. Una vez más el Comisario Ricardo Jurado presente en la reunión hace referencias a la escasez de recursos con los que cuenta para cubrir la zona que va desde Panamericana hasta Groussac y desde H. Irigoyen hasta la calle Gral. Pacheco mencionando que cuenta con un solo móvil para esa cuadricula. No obstante comenta que para los días en los que el boliche Tropitango abre sus puertas, sumado a que en la zona existen 2 boliches bailables más, cuenta con el apoyo de infantería en estos horarios; y da su compromiso de patrullar con mayor periodicidad este sector todos los días, no solo los fines de semana. En la calle Paraguay entre Voena y Defensa existe una construcción abandonada la cual ofrece ventajas para cometer ilícitos. Ante la dificultad de contacto con el propietario, Gustavo Truba como representante municipal, comenta que la municipalidad se encuentra en disponibilidad de ingresar al domicilio para desmalezarlo una vez expedida la notificación.

jueves, 5 de julio de 2007

Cuarta Reunión: Ordinaria (Alt. Brown)

El 5 de Julio de 2007 el sitio elegido para la celebración de la nueva reunión ordinaria fue la Biblioteca Popular y Centro Cultural Vuelo Nocturno en el barrio Alte. Brown. El motivo de la misma fue también el que nos trajo hasta aquí, vecinos del barrio El Perejil hicieron mención de una serie de actos delictivos de todo tipo, con la descripción de varios de los delincuentes involucrados. También participaron vecinos de San Diego y San Pablo quienes hicieran hincapié en la dificultad que ofrece la división de jurisdicción en la Av. San Martín, dado que no solo divide jurisdicciones policiales sino también divide territorios municipales; y de que manera podía la fuerza policial apalear los hechos que denunciaran en el centro comercial cito en la avenida mencionada. Todos estos hechos fueron escuchado con detenimiento y desglosados por los integrantes del Foro y el comisario Ricardo Jurado, quien ofreciera racionales soluciones para las demandas de los vecinos presentes. La percepción general fue de satisfacción a la respuesta del comisario y en espera a los resultados de los planes de acción.

jueves, 14 de junio de 2007

Tercera Reunión: Ordinaria

El 14 de junio nuevamente en la Biblioteca El Talar, se celebro la tercera reunión ordinaria. Como primer tema se trato la formación de grupos celulares de trabajo por zona para lograr mayor eficiencia en la confección del mapa del delito. A tal motivo se hizo entrega a dichos grupos de 15 urnas y formularios de denuncias anónimas para ser ubicados estratégicamente en los distintos destinos ofrecidos por los presentes. Algunos de los lugares son la Delegación Municipal El Talar y la Escuela técnica Nro 1 de El Talar entre otros. Otro de los temas tratados fue la denuncia que se hiciera llegar al Sr. Ricardo de Sousa (2do. vocal) acerca de un hecho de corrupción*. También se hicieron presentes vecinos propietarios del Locutorio* cito en H. Irigoyen para denunciar dos robos ocurridos los días 7 y 11 de junio, se tomo nota de los horarios y descripción de los individuos y se le hizo llegar al comisario Ricardo Jurado también presente, quien se comprometiera a reforzar la presencia en la esquina teniéndola presente como parte del corredor estudiantil descrito en la reunión anterior.
*(datos reservados con constancia en el acta de la misma fecha)

martes, 22 de mayo de 2007

Segunda Reunión: Ordinaria

La segunda reunión se realizo el 22 de mayo siguiente, también en la Biblioteca El Talar. En primer lugar se hace la presentación formal de la nueva mesa directiva, luego se trato el tema de los reiterados robos y agresiones a los alumnos y docentes ocurridos en inmediaciones de la Escuela Técnica Nro. 1 de El Talar, cita en la intersección de las calles Kennedy y Rodríguez Peña. Por tal motivo nos acompañó el Sr. Luís Amores, vecino de El Talar y director de la mencionada Escuela, quien hiciera llegar además de sus inquietudes acerca del tema, una nota con los horarios de mayor movimiento de alumnos, la cual fuera entregada por miembros del foro al Sub-Comisario Cristian Sisso de la dependencia Tigre 5ta., también presente en la reunión. Otro hecho denunciado por el director fue los repetidos hurtos en los automóviles particulares del personal docente estacionados en las calles adyacentes a la escuela. Además de la mayor presencia policial por los motivos anteriormente descritos, se ofreció los medios necesarios para la contratación de “cuidadores de coches” como se ha hecho en el paseo Victorica en la ciudad de Tigre, con los muy buenos resultados que estos han dado. El director se comprometió a conseguir a la persona o personas que estén en condiciones para desempeñar dicha labor.

sábado, 5 de mayo de 2007

¿Qué es un Foros de Seguridad Vecinal?

Definición
· Un Foro de Seguridad es un espacio de organización, participación y trabajo de la comunidad barrial para “la elaboración, implementación y control de las políticas de seguridad públicas” en el ámbito de la jurisdicción de cada comisaría de acuerdo con el artículo 11 de la Ley 12.154.
· Los Foros son parte del Sistema de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires y base del sistema de participación comunitaria, sus funciones están respaldadas por Ley.
· Están formados por organizaciones o entidades comunitarias preocupadas por la seguridad.
· Articulan las acciones, los proyectos y la capacitación con la Subsecretaría de Participación Comunitaria del Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires y, en nuestro Municipio, con la Secretaría de Protección Ciudadana. El Foro controla, previene y resuelve.
· Los Foros realizan diagnósticos para determinar los problemas y establecer prioridades. Controlan y evalúan el Servicio Policial. Impulsan programas y proyectos de Prevención de la Violencia.
· Los Foros se constituyen en cada barrio, en el ámbito territorial de cada comisaría. Se reúnen periódicamente en la institución del barrio que establezcan como sede (comedor, biblioteca, sociedad de fomento, cámara de comercio, etc.). Se organizan articulando ente las entidades barriales, con las dependencias del Ministerio y otras áreas del Estado Municipal o Provincial.

Objetivos
· Impulsar un cambio cultural y el desarrollo de un nuevo paradigma de seguridad pública.
· Potenciar y /o promover la participación comunitaria en espacios de corresponsabilidad (Comunidad - Estado) para la generación y aplicación de políticas de seguridad.
· Contribuir a la prevención de la violencia, a través de la articulación de programas con grupos vulnerables en situación de riesgo.
· Aportar al desarrollo ético de la Institución Policial, por medio de acciones de evaluación y control de sus integrantes.
· Asegurar la apertura institucional y su compromiso frente a la Sociedad, mediante el tratamiento respetuoso y confidencial de sus denuncias y la gestión de respuestas inmediatas, que fortalezcan los vínculos establecidos.
· Acompañar la construcción de espacios de organización comunitaria que respondan al nuevo modelo social impulsado.
· Construir organización y poder en la ciudadanía desde la temática específica de la seguridad pública

Plan Estratégico1-Visión· La Comunidad de la Provincia de Buenos Aires y el Estado provincial, serán corresponsables en el proceso de la pacificación social y en la consolidación del nuevo paradigma de seguridad pública proyectado.
· El espacio público será reconstruido para obrar de escenario incluyente de todos los ciudadanos, en relación con la generación y puesta en marcha de programas de prevención de la violencia, promoción de los derechos y organización comunitaria.
· La participación activa, aportará al fortalecimiento ético de la Institución Policial, lográndose más cercanía, comprensión y compromiso de sus integrantes y una mayor eficiencia en la prevención y tratamiento del delito.
· Los índices de delictuosidad disminuirán significativamente, como consecuencia de este accionar conjunto, contribuyendo a la construcción del modelo social impulsado.
· Los vecinos tomarán cabal conciencia de su rol protagónico como responsables de su destino común, organizándose para la asunción de sus obligaciones y derechos cívicos.
· La Subsecretaría de Participación Comunitaria se colocará como referente indiscutible, en el proceso de cambio cultural previsto, aportando valores de confiabilidad, eficiencia y capacidad.

2-Valores
· La Autonomía
· La Participación
· El Compromiso político y social
· La Solidaridad
· El Bien Común
· La construcción de un mundo más justo, pacífico y humano
· La trascendencia de las prácticas comunitarias
· La eficiencia organizacional


La seguridad es un tema que excede ampliamente lo puramente policial, es imposible dar respuesta a los problemas de seguridad si no se amplía el horizonte de consideración del tema y se propicia una auténtica y masiva participación popular.

(ver también Ley 12.154, Sistema de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires)

miércoles, 2 de mayo de 2007

Primera reunión 2007 y Asunción de la Nueva Comisión Directiva

El 2 de mayo de 2007 en la Biblioteca Popular de El Talar se realizo la asamblea para la elección de la nueva mesa directiva del Foro Vecinal de Seguridad, para la jurisdicción de la Comisaría Tigre 5ta. En presencia de las entidades intermedias de la zona requeridas para dicha celebración, fueron elegidas los siguientes miembros:

Presidente: Luciano Corvalán (Cámara de Comercio El Talar)
Secretario: Horacio Diana (Club de Amigos)
1er. vocal: Guillermo Soberon (Rotary Club)
2do. vocal: Ricardo de Sousa (Cámara de Comercio e industria de Gral. Pacheco y Adyacentes)
1er Suplente: Maximiliano Corvalán (Cámara de Comercio El Talar)

martes, 1 de mayo de 2007

Ley del Sistema de Seguridad Pública de la Provincia de Buenos Aires (LEY 12.154)

(Texto actualizado con la modificación introducida por Ley 12.987 y 13.210)
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires, sancionan con fuerza de
LEY

TITULO l
PRINCIPIOS Y BASES FUNDAMENTALES

Art. 1º - La presente Ley establece las bases jurídicas e institucionales fundamentales del sistema provincial de seguridad pública en lo referente a su composición, misiones, funciones, organización, dirección, y funcionamiento; así como las bases jurídicas e institucionales para la formulación, gestión y control de las políticas y directivas de seguridad pública en el ámbito provincial.
Art. 2º - La seguridad pública es materia de competencia exclusiva del Estado y su mantenimiento le corresponde al Gobierno de la Provincia de Buenos Aires. La seguridad pública importa para los ciudadanos, el goce y ejercicio de sus derechos, libertades y garantías constitucionales.
Art. 3º - A los fines de la presente Ley, la seguridad pública implica la acción coordinada y la interacción permanente del pueblo de la Provincia de Buenos Aires y de las instituciones del sistema representativo, republicano y federal, particularmente referida a las Policías de la Provincia, a la seguridad privada y a la participación comunitaria.

TITULO II
SISTEMA PROVINCIAL DE SEGURIDAD PÚBLICA

Art. 4º - El sistema de seguridad pública tiene como finalidad la formulación, gestión, implementación y control de las políticas de seguridad pública desarrolladas en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires, particularmente referidas a las Policías de la Provincia.
Art. 5º - El sistema de seguridad pública está integrado por los siguientes componentes:
a) El Gobernador de la Provincia.
b) El Poder Legislativo de la Provincia.
c) El Poder Judicial de la Provincia. (*)d) El Sistema Penitenciario Bonaerense.
e) El Sistema de Instituciones de Menores.
f) El Patronato de Liberados.
g) El Sistema de Defensa Civil.
h) Las Policías Departamentales de Seguridad.
i) La Policía de Investigaciones Judiciales.
j) La Policía de Seguridad Vial.
k) Los Foros Departamentales de Seguridad.
l) Los Foros Municipales de Seguridad.
m) Los Foros Vecinales de Seguridad.
n) Los Defensores Municipales de la Seguridad.

Inciso nuevo: (Inciso incorporado por Ley 13210) El intendente y la Policía Comunal de Seguridad.

Facúltese al Poder Ejecutivo a reordenar los incisos integrantes del presente artículo.
(*) Lo subrayado se encuentra observado por Decreto de Promulgación 2797/98.

Art. 6º - El Gobernador de la Provincia de Buenos Aires, en su carácter de Jefe de la Administración de la Provincia, tiene a su cargo la implementación de las políticas del sistema de seguridad pública.
Art. 7º - (Texto según Ley 12987) Créase el Consejo Provincial de Seguridad Pública con la misión de colaborar con el Ministerio de Seguridad en la elaboración de planes, proyectos y propuestas e implementación de las políticas de seguridad pública.

Art. 8º - (Texto según Ley 12987) El Consejo Provincial de Seguridad Pública estará integrado por los siguientes componentes:
a) El Ministro Secretario de Seguridad, quien ejercerá la Presidencia. b) El Ministro Secretario de Gobierno. c) El Ministro Secretario de Justicia. d) El Secretario General de la Gobernación. e) El Superintendente de Coordinación General del Ministerio de Seguridad. f) El Jefe del Servicio Penitenciario. g) Dos (2) Diputados y dos (2) Senadores en representación igualitaria del oficialismo y oposición.
El Presidente designará a un funcionario de su Ministerio, quien desempeñará el cargo de Secretario del Consejo Provincial de Seguridad Pública. Podrán ser invitados a participar de las sesiones del Consejo, en temas pertinentes, los siguientes representantes: a) Los titulares de las Jefaturas de las Policías de Seguridad Departamentales. b) El titular de la Policía de Investigaciones Judiciales. c) El titular de la Policía de Seguridad Vial. d) Los Intendentes Municipales. e) Los titulares de los Foros Departamentales de Seguridad. f) Los titulares de los Foros Municipales de Seguridad. g) Los titulares de los Foros Vecinales de Seguridad. h) Los Defensores Municipales de la Seguridad.”

* Lo subrayado se encuentra observado por el Decreto de Promulgación de la presente Ley Nº 3062/02
Art. 9º - El Consejo Provincial de Seguridad Pública se dará su propio reglamento de organización y funcionamiento. Su Presidente podrá indicar los temas y cuestiones que considere convenientes o aconseje su tratamiento, análisis y estudio, los que serán objeto prioritario de su misión.

TITULO III
PARTICIPACION COMUNITARIA
Capítulo I
Principios Generales
Art. 10º - El pueblo de la Provincia de Buenos Aires es el sujeto fundamental de la seguridad pública.
Art. 11º - Es un derecho de los habitantes de la Provincia de Buenos Aires y un deber de su Gobierno promover la efectiva participación comunitaria en la elaboración, implementación y control de las políticas de seguridad pública, conforme a la presente Ley.
Art. 12º - La participación comunitaria se efectiviza en la actuación en los Foros Vecinales de Seguridad, los Foros Municipales de Seguridad, los Foros Departamentales de Seguridad, y por los Defensores Municipales de la Seguridad.

Capítulo II
Foros Vecinales de Seguridad
Art. 13º - Créase, en el ámbito de actuación territorial de cada Comisaría integrante de las Policías Departamentales de Seguridad, un Foro Vecinal de Seguridad.
Art. 14º - Cada Foro Vecinal de Seguridad estará integrado por aquellas organizaciones o entidades comunitarias no gubernamentales, de reconocida participación social e interesadas en la seguridad pública y que actúen en dicho ámbito territorial. Los Foros Vecinales de Seguridad se organizarán y funcionarán según criterios de flexibilidad y operatividad.
Art. 15º - Los titulares del Departamento Ejecutivo de los Municipios de la Provincia de Buenos Aires confeccionarán un registro de organizaciones y entidades comunitarias no gubernamentales por ámbito de actuación territorial de cada Comisaría integrante de las Policías Departamentales de Seguridad, mediante convocatoria pública y en la forma que determinen, debiendo asegurar la representatividad de las mismas.
Art. 16º - Los Foros Vecinales de Seguridad tendrán como funciones:
a) Entender e intervenir en las cuestiones atinentes a la seguridad pública vecinal.
b) Evaluar el funcionamiento y las actividades de las Policías de la Provincia y de los prestadores del servicio de seguridad privada, en su ámbito de actuación.
c) Formular sugerencias y propuestas y solicitar informes a los titulares de las Comisarías.
d) Intervenir en los planes de prevención de actividades y hechos delictivos o vulneratorios de la seguridad pública y en los planes de mantenimiento de la situación de seguridad pública desarrollados por las Comisarías correspondientes a su ámbito de actuación.
e) Derivar inquietudes y demandas comunitarias y formular propuestas al Foro Municipal de Seguridad que corresponda.
f) Informar y asesorar a los vecinos acerca de toda cuestión o asunto atinente a la seguridad pública en el ámbito vecinal.
g) Invitar a autoridades o funcionarios públicos provinciales y/o municipales, con actuación en su ámbito territorial, para tratar cuestiones y asuntos atinentes a la seguridad pública del ámbito vecinal.
Art. 17º - Cada Foro Vecinal de Seguridad establecerá su organización, sus normas de funcionamiento y dictará su propio reglamento.
Art. 18º - Facúltese al Poder Ejecutivo de la Provincia para dictar las normas de procedimiento que resulten necesarias para la puesta en marcha y funcionamiento de los Foros Vecinales de Seguridad.

Capítulo III
Foros Municipales de Seguridad
Art. 19º - Créase, en el ámbito territorial de cada Municipio de la Provincia de Buenos Aires, un Foro Municipal de Seguridad.
Art. 20º - Los Foros Municipales de Seguridad estarán integrados por el titular del Departamento Ejecutivo del Municipio o un representante designado por éste, miembros del Departamento Deliberativo del Municipio conforme a criterios de proporcionalidad en la representación partidaria, representantes de organizaciones o entidades comunitarias y sectoriales de carácter municipal, y un representante de instituciones religiosas.
El Municipio confeccionará un registro de entidades comunitarias y sectoriales con actuación en su jurisdicción, debiendo asegurarse la genuina representatividad de aquéllas y la viabilidad funcional y deliberativa del Foro.
Los Foros Municipales de Seguridad se organizarán y funcionarán según criterios de flexibilidad y operatividad.
Art. 21º - Los Foros Municipales de Seguridad tendrán como funciones:
a) Entender e intervenir en las cuestiones y asuntos atinentes a la seguridad pública municipal.
b) Evaluar el funcionamiento de las Policías de la Provincia y de los prestadores del servicio de seguridad privada, en su ámbito de actuación.
c) Formular sugerencias y propuestas, y solicitar informes a los titulares de las Comisarías, todo ello en su ámbito de actuación.
d) Intervenir en los planes de prevención de actividades y hechos delictivos vulneratorios de la seguridad pública y en los planes de mantenimiento de la situación de seguridad pública desarrollados por las Policías de la Provincia correspondientes a su ámbito de actuación.
e) Derivar inquietudes y demandas comunitarias, y formular propuestas al Defensor Municipal de Seguridad.
f) Informar y asesorar a los vecinos acerca de toda cuestión o asunto atinente a la seguridad pública en el ámbito municipal.
g) Invitar a autoridades o Funcionarios públicos provinciales y/o municipales, con actuación en su ámbito territorial, para tratar cuestiones o asuntos atinentes a la seguridad pública del ámbito municipal.
h) Elegir al Defensor Municipal de la Seguridad en los términos previstos por la presente Ley.
Art. 22º - En todos los casos las convocatorias al Foro Municipal de Seguridad, deberán publicitarse adecuadamente y sesionarán con los presentes, no existiendo quórum mínimo.
Art. 23º - (Texto según Ley 12987) En caso de que un determinado ámbito territorial de la Provincia resultara de interés para la política de Seguridad Provincial y no se encontrase implementado en el mismo la constitución del Foro Municipal de Seguridad, el Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires podrá a requerimiento del titular del ejecutivo municipal, convocarlo por sí con iguales procedimientos y objetivos que los indicados en la presente Ley. No constituir el Foro Municipal de Seguridad en la forma fijada en la presente Ley, constituirá falta grave del titular del departamento ejecutivo municipal.

Capítulo IV
Foros Departamentales de Seguridad
Art. 24º - Créase, en el ámbito territorial de cada Departamento Judicial de la Provincia, un Foro Departamental de Seguridad.
Art. 25º - Los Foros Departamentales estarán integrados por los Defensores Municipales de la Seguridad con actuación en el Departamento Judicial; el Fiscal de Cámaras Departamental, cuatro legisladores provinciales, nominados por sus respectivas cámaras en igual número con representación igualitaria de oficialismo y oposición; los titulares de los Departamentos Ejecutivos de los Municipios que integran el Departamento Judicial; un representante del Colegio de Abogados, un representante del Colegio o Asociación de Magistrados, un representante de las Cámaras Empresariales, un representante del sector agrario o sector especial si lo hubiere, un representante de los Colegios profesionales, un representante de las organizaciones gremiales y un representante de las instituciones religiosas del Departamento.
(*) Lo subrayado se encuentra observado por Decreto de Promulgación 2797/98.
Art. 26º - Cada Foro Departamental de Seguridad establecerá su organización y sus normas de funcionamiento y dictará su propio reglamento.
Art. 27º - Los Foros Departamentales de Seguridad tendrán como funciones:
a) Entender e intervenir en las cuestiones y asuntos atinentes a la seguridad pública departamental.
b) Evaluar el funcionamiento y las actividades de las Policías de la Provincia y de los prestadores de seguridad privada, en su ámbito de actuación.
c) Intervenir en los planes de prevención de actividades y hechos delictivos vulneratorios de la seguridad pública y en los planes de mantenimiento de la situación de seguridad pública desarrollados por las Policías de la Provincia correspondientes a su ámbito de actuación.
d) Participar en la implementación de políticas y/o programas referidos a seguridad pública en el ámbito departamental.
e) Coordinar actividades y acciones, en forma conjunta, con los Defensores Municipales de Seguridad.
f) Solicitar informes y proponer medidas institucionales y planes de acción acerca de las diferentes áreas de la Seguridad Pública Provincial a los titulares de la Policía de Seguridad y a los Delegados de las Policías de Investigaciones y de Seguridad Vial.

TITULO IV
DEFENSOR MUNICIPAL DE LA SEGURIDAD
Art. 28º - (Texto según Ley 12987) Créase en el ámbito del Ministerio de Seguridad, la figura del Defensor Municipal de la Seguridad.
Art. 29º - (Texto según Ley 12987) El Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires resultará la Autoridad de Aplicación.
Art. 30º - La Autoridad de Aplicación ejercerá potestades de dirección y control, y resolverá según criterios de oportunidad, mérito y conveniencia.
Art. 31º - Facúltese a la Autoridad de Aplicación para dictar las normas de procedimiento que resulten necesarias para el correcto desempeño del Defensor Municipal de la Seguridad.
Art. 32º - El Defensor Municipal de la Seguridad y su suplente serán elegidos por mayoría simple de votos de los miembros del Foro Municipal de Seguridad. El voto será individual y secreto contando cada entidad con un voto.
Art. 33º - La Presidencia del Foro Municipal de la Seguridad remitirá a la Autoridad de Aplicación los antecedentes de los aspirantes elegidos y el detalle de los votos recibidos para cada uno.
Art. 34º - Una vez que la Autoridad de Aplicación verifique el cumplimiento de los requisitos exigidos, los electos asistirán obligatoriamente a un curso de capacitación.
Art. 35º - A los demás fines indicados en la presente Ley, el Foro Municipal de Seguridad deberá ser convocado y coordinado por el Defensor Municipal de la Seguridad.
Art. 36º - Podrá ser nominado y elegido como Defensor Municipal de la Seguridad aquella persona que reúna las siguientes condiciones:
a) Ser ciudadano argentino.
b) Poseer una residencia previa de 5 años en el lugar donde cumplirá sus funciones.
c) Tener 30 años de edad como mínimo.
d) Haber obtenido título secundario o su equivalente según la Ley Federal de Educación.
e) No debe encontrarse inhibido, concursado ni debe tener condenas penales por delitos dolosos o procesamiento penal firme por iguales delitos, ni haber sido objeto de sanciones administrativas que hayan culminado en cesantía o exoneración, ni inhabilitaciones profesionales.
f) Acreditar una probada vocación de servicio en temas comunitarios a través de su acción en organizaciones de la jurisdicción que corresponda.
g) Realizar la capacitación referida precedentemente.
Art. 37º - Es incompatible con el cargo de Defensor Municipal de la Seguridad:
a) Ejercer funciones públicas electivas.
b) Pertenecer a Fuerzas Militares o de Seguridad, esta última pública o privada, como personal en actividad o con retiro activo, retirado o jubilado.
c) Desempeñar cargos políticos partidarios.
d) Revistar como funcionario o agente de la Administración Pública Nacional, Provincial o Municipal, con excepción de actividades de docencia o investigación.
Art. 38º - El Defensor Municipal de la Seguridad será puesto en funciones por la Autoridad de Aplicación en función de la votación operada por el Foro Municipal de la Seguridad y dependerá funcionalmente de éste.
Art. 39º - Luego de la puesta en funciones, a través de una resolución que al efecto dicte la Autoridad de Aplicación, se celebrará un contrato de locación de servicios, similar al previsto en los artículos 111º, 116º y concordantes de la Ley 10.430, de conformidad con los términos de la presente Ley. (*) Lo subrayado se encuentra observado por Decreto de Promulgación 2797/98.
Art. 40º - El Defensor Municipal de la Seguridad cesará en su funciones una vez vencidos los dos años que se establecen como duración de su mandato, pudiendo ser elegido por un solo período consecutivo.
Art. 41º - Serán causales del cese del mandato la concurrencia de factores de incompatibilidad, renuncia, incapacidad sobreviniente, condena o procesamientos firmes por delitos dolosos, notorio incumplimiento, o negligencia en el desarrollo de sus funciones.
El pedido de cese deberá ser instado como mínimo por el veinticinco (25) por ciento de la entidades del Foro que posean no menos del setenta (70) por ciento de asistencia a la reuniones que se hubieran desarrollado. Dicho pedido deberá resolverse con previo debate del caso y otorgando al Defensor Municipal de la Seguridad la posibilidad de su descargo.
Art. 42º - Para la remoción deberá contarse con el voto afirmativo de los dos tercios de los presentes. Cumplidos estos recaudos, el cese será dispuesto por la Autoridad de Aplicación. En estos supuestos asumirá el Defensor Municipal de la Seguridad Suplente hasta la finalización del mandato original. De no poder hacerlo, el Foro Municipal de Seguridad deberá proceder a una nueva elección siguiendo los pasos anteriormente previstos.
Art. 43º - Serán funciones del Defensor Municipal de la Seguridad:
a) Convocar a los miembros del Foro Municipal de Seguridad y al responsable local de las Policías de la Provincia, según corresponda, a reuniones para tratar diversas cuestiones e inquietudes que los mismos tuvieran respecto de los temas de seguridad locales. Dichas reuniones deben convocarse al menos una vez por bimestre.
b) Facilitar la comunicación, el entendimiento, y la cooperación entre los distintos actores comunitarios y las Policías de su jurisdicción.
c) Proponer cursos de acción y los procedimientos adecuados tendientes a satisfacer las inquietudes expuestas en el Foro Municipal de Seguridad.
d) Verificar el accionar de las Policías de su jurisdicción, a los fines de detectar hechos irregulares u omisiones, sobre la base de normas vigentes, reglamentos y procedimientos de aplicación, o bien conductas que pudieran implicar ejercicio abusivo, ilegítimo, irregular defectuoso, arbitrario, discriminatorio, inconveniente o inoportuno en el quehacer de las mismas.
e) Recorrer el área bajo su jurisdicción con circuitos, fechas y horarios preestablecidos e igualmente establecer circuitos imprevistos a fin de recibir las inquietudes, quejas o denuncias en materia de seguridad por parte de Entidades Comunitarias o ciudadanos en los sitios en donde los mismos se hallen localizados.
f) Elevar las actuaciones que genere a la Autoridad de Aplicación para su posterior instrumentación.
g) Proponer a la misma las inquietudes que recepte o lo que surja de su propia observación y las medidas que tiendan a mejorar la seguridad en el área que le compete.
h) Remitir un informe mensual de su actividad a la Autoridad de Aplicación la cual lo distribuirá a las entidades del Foro y demás organizaciones de la comunidad.

TITULO V
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
Art. 44º - Deróguese el Decreto 328/97. Los Defensores de la Seguridad que al momento de la sanción de la presente Ley estén en funciones por lo dispuesto en el citado Decreto continuarán en su ejercicio hasta la finalización del período por el cual han sido designados. No obstante a los efectos contables deberán regirse por las disposiciones correspondientes de la presente Ley.
Art. 45º - Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la Provincia de Buenos Aires, en la ciudad de La Plata, a los quince días del mes de julio de mil novecientos noventa y ocho.

RAFAEL EDGARDO ROMA
Presidente H. Senado
JOSÉ LUÍS ENNIS
Secretario Legislativo H. Senado
FRANCISCO J. FERRO
Presidente H. Cámara de Diputados
JUAN CARLOS LÓPEZ
Secretario Legislativo H. Cámara de Diputados
REGISTRADA bajo el número DOCE MIL CIENTO CINCUENTA Y CUATRO (12.154).

E. M. Reimondi de Arrigó
DECRETO 2.797

La Plata, 5 de agosto de 1998

Visto el expediente número 2.100-25.015/98 por el que tramita la promulgación de un proyecto de ley sancionado por la Honorable Legislatura, con fecha 15 de julio de 1998, por el cual se establecen las bases jurídicas e instituciones fundamentales del Sistema Provincial de Seguridad Pública; y
Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
DECRETA:

Art. 1º
- Obsérvense el inc. c) del Art. 5º y el inc. h) del Art. 8º del proyecto de Ley sancionado por la Honorable Legislatura el día 15 de julio de 1998, al que hace referencia el Visto del presente.
Art. 2º - Obsérvese en el Art. 25 del proyecto citado las expresiones "el Fiscal de Cámaras Departamental" y "un representante del Colegio o Asociación de Magistrados".
Art. 3º - Obsérvese el Art. 39 del mismo proyecto.
Art. 4º- Promúlgase el texto aprobado, con excepción de las observaciones formuladas en los artículos precedentes.
Art. 5º - Comuníquese a la Honorable Legislatura.
Art. 6º - El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Gobierno.
Art. 7º - Regístrese, comuníquese, publíquese, dese al "Boletín Oficial" y archívese.

DUHALDEJ. M. Díaz Bancalari

Entidades de El Talar, Partido de Tigre

Componentes del Foro Vecinal de Seguridad El Talar

AFUT

Las Heras y Méjico, El Talar

Biblioteca Popular y Centro Cultural El Talar
Kennedy 1152, El Talar

Biblioteca Popular y Centro Cultural R. Rojas
Avellaneda y Romero, R. Rojas

Cámara El Talar
H.Yrigoyen 2424, El Talar

Cámara de Comercio Ricardo Rojas
M. Sastre y Richieri, R. Rojas

Club de Amigos de El Talar
H.Yrigoyen 2100, El Talar

Club Social y Deportivo El Talar
Canadá y Ruta 197, El Talar

Club Social y Deportivo 1º de septiembre
F. L. Beltrán 1450, El Talar

Agrupación Atlética El Talar
P. Groussac y Av. La Paloma, La Paloma

Asociación Cooperadora Amigos Jardín Inf nº 911
Italia y San Pablo, El Talar

Asociación Cooperadora Escuela Técnica nº 1
Lavalle y Defensa, El Talar

Asociación Cooperadora Escuela Primaria nº 15
C. Boena (entre Brasil y Lavalle), El Talar

Club de Leones de El Talar
Las Heras 1679, El Talar

Rotary Club El Talar
Libertad y Colombia, El Talar

Centro para la Participación Civil 7 de Mayo

Sociedad de Fomento y Club Dep B. Mitre
Italia 1635, El Talar

Agrupación de la Tercera Edad Amigos del Talar
P. Groussac 955, El Talar

Centro de Jubilados, Pensionados y Gente de la Tercera Edad 7 de mayo
Av. Pacheco 2500, El Talar

Centro Jubilados y Pen. Manantial de Vida
Francia 1863, El Talar

Centro de Jubilados, Pen. y la 3ra. Edad Sta. Clara de Asís
Italia 1631, La Paloma

Centro de Jubilados Luchadores de R. Rojas
Australia 2669, R. Rojas

Centro de Jubilados 3era. Juventud
Avellaneda 2551, R. Rojas

Centro de Jubilados Santa Marta
Vilela 2521, R. Rojas

Centro Jubilados y Pensionados Volver a Vivir
Las Heras 1570, El Talar

Participación Ciudadana y Seguridad

Si el gran hecho político del siglo XX fue la consolidación de la democracia, es también cierto que la legitimación del Estado con base exclusiva en la democracia representativa se agotó por su creciente distanciamiento de la mayoría absoluta de la sociedad. La política se subordinó a la economía, dominada por un sector financiero que busca riqueza sin producción. En esas condiciones el poder político del Estado queda cuestionado en su legitimidad. En Argentina y en el resto de los países de América Latina, el desarrollo económico no redujo las desigualdades sociales sino que intensificó la pobreza generando la expulsión de grandes masas de excluidos, determinando que las nuevas generaciones jamás ingresen al mismo.

Sabemos que los partidos político son de la esencia del régimen democrático al punto que ellos corporizan la representación a través de la cobertura de los cargos electivos para el cumplimiento de funciones ejecutivas y legislativas. Sin embargo dichas instancias de carácter formal, ni excluyen ni agotan otras posibilidades de expresarse o de hacerse oír, ni de ejercer la participación ciudadana en asuntos sobremanera delicados como la seguridad. Los ciudadanos somos sujetos de derechos políticos y sociales que no agotan su cometido con el puro hecho de votar: tenemos derecho a informarnos, a peticionar, a proponer y a controlar a merito de la soberanía que investimos.

En la realidad de los hechos, lo que tradicionalmente ha hecho el Estado es hacerse cargo, por medio de instancias secundarias de control social, de satisfacer mínimamente las aspiraciones del grueso de la sociedad de una vida en paz. También es la realidad desbordante la que llama a una mayor interacción del individuo en la temática de la seguridad dándole un valioso sentido a su aporte. Ello permite elaborar un nuevo concepto y un nuevo paradigma en materia de seguridad: la seguridad ciudadana. El nuevo paradigma legitima la acción comunitaria a través de la implementación de la Ley de seguridad Pública 12.154 (julio de 1998 y sus posteriores reformas). De esta forma el Estado garantiza los espacios de participación para encauzar la potencia de la acción ciudadana: transforma la protesta en propuesta y la propuesta en acción. Los Foros vecinales son parte integrante del sistema de seguridad de la provincia de Buenos Aires y base para una verdadera participación y control ciudadano en esta materia. A cada comisaría le corresponde un Foro de vecinos, los mismos deben cumplir con ser íntegros y con vocación de fomentar el bien común, ser integrantes de una entidad de bien público no gubernamental u organización de la sociedad civil , vivir en la zona de ingerencia o jurisdicción del Foro al que se adhieran.

La Labor Específica de los foros vecinales de seguridad tiene 3 ejes fundamentales:
1. Control de gestión externo del funcionamiento policial de modo de poder generar un dispositivo de trabajo que concluya en la calificación de la policía por parte de la comunidad.
2. Prevención situacional en cada jurisdicción territorial con una consecuente elaboración del denominado mapa del delito.
3. Consolidar a través de un legítimo ejercicio democrático un nuevo paradigma en materia de seguridad: la seguridad ciudadana.

La seguridad es un tema que excede ampliamente lo puramente policial, es imposible dar respuesta a los problemas de seguridad si no se amplia el horizonte de consideración del tema y se propicia una autentica y masiva participación popular.

El trabajo en red, el dialogo, la negociación y el compromiso no son estrategias políticas o económicas, son estrategias de convivencia que involucran a la participación como el mejor remedio para alcanzar una mejor calidad de vida. Podemos y debemos transformar la realidad. Podemos resolver, o ayudar a resolver los problemas de nuestro barrio que tengan que ver con la seguridad de todos, con el cuidado mutuo. Desde los problemas de infraestructura urbana (falta de iluminación, calles intransitables, etc.) hasta los factores que predisponen a la violencia social (como la ruptura de lazos familiares; aislamiento, exclusión y desarraigo de determinados grupos sociales; falta de inserción social de los sectores juveniles; deserción escolar; desempleo, etc.) son desafíos a abordar desde nuestro trabajo en el foro.

Sistema de Emergencias 911


¿Cuando llamar?
Ante cualquier situación que requiera accionar policial.

¿Quién atiende?

Un equipo altamente capacitado de 260 operadores civiles.

¿Con qué medios cuenta el sistema?

Central de Telefonía integrada e informatizada. Grabación de llamadas y datos. Software de protocolos de procedimiento. Comunicación Radial con recursos móviles.

¿Qué relación tiene el 911 y la Secretaría de Protección Ciudadana del Municipio de Tigre?

Actualmente en el COT (centro de Operaciones Tigre), organismo perteneciente a la Secretaría de Protección Ciudadana Municipal, se articulan el sistema de emergencias 911 con el sistema de cámaras de seguridad y Gps.

¿Qué número hay que marcar?

Ud. Deberá marcar 9-1-1 (nueve, uno, uno)

¿Llamar al 911, es hacer la denuncia?

No, el 911 es un sistema de emergencias. El personal policial acudirá en su ayuda con la mayor prontitud posible. Pero para que la situación denunciada tenga carácter penal, civil, contravencional, etc., deberá acercarse a la dependencia policial o fiscalía más próxima para radicar la denuncia correspondiente.